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by Diego Carmona

PASO 9-INCOTERMS 2020

  1. Ya sabes cómo clasificar la mercancía que vas a exportar o importar, o como la propia administración aduanera puede hacerlo por ti.
  2. Ya sabes el origen de tu mercancía. Te lo repetiré hasta la saciedad. No la procedencia, sino el origen de la mercancía.
  3. Ya sabes también el valor de la mercancía para que puedas echar tus cuentas.
  4. Ya conoces los tipos de acuerdos arancelarios que firman los diferentes países, donde estudiarlos, y donde averiguar el tipo de certificado de origen que necesitarás para poder acogerte a alguna rebaja arancelaria.
  5. Ya conoces nuevas rebajas arancelarias, aunque no haya ningún acuerdo comercial firmado y también aranceles extra a pagar.
  6. Ya conoces cómo averiguar el arancel que paga una mercancía, los diferentes tipos de aranceles que hay, y la forma de calcularlos.
  7. Ya conoces también todo lo que puedes hacer cuando una mercancía llegue a la aduana de destino. No todo es pagar y vender. Aunque enfocado en la UE, debes saber que en el resto de los países hay mecanismos similares. Con un nombre u otro, pero similares.
  8. Ya conoces la factura comercial, el tratamiento del IVA, donde encontrar los documentos que te pueden solicitar, o tú tener que solicitar, donde encontrar su normativa reguladora, además de una herramienta que te indica la documentación necesaria para exportar por país, sectores, bienes de consumo, productos industriales y tecnología, bebidas y agroalimentarios, así como la relación de la documentación con un crédito documentario.

 

Ahora vamos con los Incoterms 2020.

En la red existe una gran cantidad de información errónea, incompleta o incorrecta. Esto es especialmente común en videos de YouTube, gráficos de agentes de carga y artículos.

Hay hasta un youtuber, de la propia ICC, donde con el nuevo FCA+B/L+Crédito documentario, dice que si no salen las cosas bien, es tu problema, vamos, que te jodan.

Normal, ellos no sufren las consecuencias judiciales ni económicas.

Mal concebidos y peor explicados, por “profesionales” que no han transportado nada en su vida.

Que, en la última versión publicada, Incoterms 2020, todavía no aparezca quien es el responsable de declarar la masa bruta verificada (VGM), o quien tiene que trincar y estibar una mercancía en un FOB hace que te plantees muchas cosas.

Pero lo que es peor, es que son los de la puerta de al lado, sí, el comité de expertos que tiene la propia ICC, los que tienen que responder a las dudas y problemas que causan.

Debes ser muy, muy cuidadoso para no dejarte engañar.

Recuerda que en este sector los errores cuestan mucho dinero.

Los incoterms 2020 se encuentran publicados en la publicación nº 723 de la Cámara de Comercio Internacional.

Se consideran lex mercatoria, o ley del comerciante o ley del mercante, por tanto, una norma o principio establecido por los propios comerciantes para regular sus relaciones comerciales.

Y por ello no verás los Incoterms publicados en el Boletín Oficial del Estado, en el caso de España, ni están ratificados, ni se incorporan a ordenamientos jurídicos, ni son fuente de derecho, ya que la CCI ostenta la condición de organización no gubernamental.

Lo que vas a leer a continuación no lo verás escrito en ningún otro lado.

Si ya sabes algo, mira lo siguiente a modo de resumen, y si no sabes nada, lo siguiente son miles de euros que te puedes ahorrar, evitar el cierre de tu empresa, además de todo tipo de problemas judiciales.

 

  • ¿Sabes que el shipper y el consignee pueden ser la misma empresa?

Si no sabes de qué te sirve saber esto es porque no te importa lo que ocurra con tu empresa.

 

  • ¿Cuántas veces has escuchado y leído que no puedes utilizar un FOB con contenedores?

Pues sí puedes, y debes, en determinadas circunstancias.

 

  • ¿Por qué las empresas piensan que en un FOB la estiba y trincaje está incluida?

La propia ICC-Cámara de Comercio Internacional, dice que no.

 

  • ¿Sabes que el incoterm marca el juzgado competente si no lo has pactado en tu contrato de compraventa?

Por ejemplo, DAP Madrid, juzgados de Madrid, DAP México, juzgados de México.

 

  • ¿Sabes que el nuevo combo FCA + B/L + Crédito documentario es una aberración donde tienes muchas papeletas no sólo de no cobrar, sino también de quedarte sin tu mercancía?

 

Uno de la propia ICC te lo dice en YouTube. Si el cliente no te hace llegar el B/L te jodes. Bueno, no dice eso exactamente porque lo dice en inglés. Yo te lo estoy traduciendo con las palabras que deberían haber empleado en el libro cuando a estos iluminados se les ocurrió hacer esto.

Ah, y luego vas y reclamas a no sé qué país.

 

  • ¿Sabes que si bajo un EXW, FCA, FAS o FOB, el transitario del comprador o su agente te envía un borrador del Bill of Lading para que lo apruebes no deberías trabajar nunca con el cuando venga a ofrecerte sus servicios?

Lo que hoy ha hecho con tu cliente, mañana lo va a hacer contigo. Si no sabes de lo que hablo lo mismo estás perdiendo clientes y ni lo sabes.

 

  • ¿Sabes que si compras bajo CPT 2020 o CFR 2020 no estás protegido hasta destino?

Pero nada de nada por poco que cueste tu mercancía.

 

  • ¿Sabes de alguna cláusula anti-shipper para incluir en tus condiciones de venta bajo determinados Incoterms?

Yo te la digo.

 

Pues todo lo anterior y mucho más es lo que aprenderás conmigo.

 

¿Habías leído o escuchado todo lo anterior en algún otro lado haya sido en una formación, a un consultor, consultora, empresa, asesoría, consultoría o libro de gestión administrativa comercio internacional?

 

Lo siento. Este paso sólo es para las empresas con las que trabajo.

El resto podéis seguir formándonos con la Cámara de Comercio Internacional, con esos formadores, algunos incluso escriben libros sin haber transportado un kilo de mercancía, no lo digo yo, lo dicen sus curriculums, que seguro que os va a ir bien.