Tabla de contenidos curso comercio internacional exterior gratuito.
Este apartado inicial distingue entre el transporte terrestre que se realiza dentro de un mismo país (nacional) y el que cruza fronteras (internacional).
Esta distinción es fundamental porque cada uno está regido por diferentes marcos legales, lo que afecta a cómo se establece el contrato, cómo se debe cumplir, qué responsabilidades surgen en caso de incumplimiento, las reclamaciones, y los plazos.
El contrato de transporte.
Este contrato puede ser de ámbito nacional o internacional.
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/transporte-terrestre
Normativa Nacional.
Normativa Internacional.
Aspectos Clave:
- Acuerdo Bilateral: Es un contrato entre dos partes: el que envía la mercancía y el que la transporta.
- Compromiso de traslado: Una parte se compromete a trasladar la mercancía a cambio de un precio.
- Entrega en estado original: La mercancía debe llegar en las mismas condiciones en que fue recibida.
- Plazo de entrega: Debe respetarse el plazo de entrega acordado, si existe.
¿Qué es el convenio CMR? Carriage of Goods by Road.
El Convenio CMR es la normativa internacional que regula el transporte internacional de mercancías por carretera. Es obligatorio cuando el transporte se realiza entre dos países diferentes y al menos uno de ellos es firmante del convenio. No se aplica a transportes gratuitos, postales, mudanzas, funerarios ni a los transportes por cuenta propia.
Puntos esenciales:
- Ámbito de aplicación: Se aplica al transporte internacional por carretera entre países firmantes.
- Exclusiones: No se aplica a transportes gratuitos, postales, mudanzas, funerarios, ni por cuenta propia.
- Carta de porte CMR: El convenio se basa en la carta de porte CMR, que prueba la sumisión del transporte al convenio.
- Lugar y fecha: Fue realizado en Ginebra el 19 de mayo de 1956 y modificado por el Protocolo de Ginebra del 5 de julio de 1978.
- Adhesión de España: España se adhirió al Protocolo Adicional relativo a la carta de porte electrónica el 20 de febrero de 2008.
- Aplicación: El convenio CMR se aplica al transporte público de mercancías por carretera entre dos países, siendo al menos uno de ellos firmante.
- Texto oficial del Convenio CMR de 1956(en inglés)
- Texto oficial del Convenio CMR de 1978(en inglés)
- Organización Internacional del Transporte por Carretera
- Instrumento de adhesión de España al convenio, relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (CMR), hecho en Ginebra el 19 de mayo de 1956. (BOE 07-05-74). (Se dicta el Acuerdo de 20-02-08, relativo a la carta de porte electrónica.)

¿Qué es un CMR?
Un CMR (Carta de Porte por Carretera) es un documento que prueba la existencia de un contrato de transporte internacional por carretera. Sirve como recibo para el cargador, confirmando que ha entregado la mercancía al transportista.
Sin embargo, no es un título de propiedad de la mercancía.
Características del CMR:
- Prueba del contrato: Es un documento que demuestra que existe un contrato de transporte internacional por carretera.
- Recibo de entrega: Sirve como confirmación de que el cargador ha entregado la mercancía al transportista.
- No es título de propiedad: No otorga la propiedad de la mercancía a quien lo posee.
- No endosable: No puede ser transferido a otra persona.
- Nominativo: Solo el destinatario que figura en el documento puede recibir la mercancía.
- No es pignorable.
- Transbordos: Si el cargador no desea transbordos, debe indicarlo expresamente en el CMR.
- Contra reembolso: Si el transportista debe cobrar un importe al destinatario, debe constar en el CMR.
- Relación de documentos: Se recomienda al cargador solicitar que se liste la documentación entregada.
¿Cuántos ejemplares del CMR se emiten?
La carta de porte CMR se expide en al menos cuatro ejemplares originales, firmados por el remitente y el transportista.
Distribución de los Ejemplares:
- Ejemplar 1: Para el remitente.
- Ejemplar 2: Acompaña a las mercancías.
- Ejemplar 3: Para el destinatario.
- Ejemplar 4: Devuelto al remitente por el transportista, firmado y sellado por el destinatario, como prueba de la entrega. Normalmente te llegará junto con su factura.
- Ejemplar del Cargador: Se entrega cuando la mercancía se carga en el camión.
- Ejemplar del Receptor: Viaja con la mercancía y se entrega a este cuando llega a su destino.
- Ejemplar del transportista: Es conservado por el transportista.
- Múltiples transportistas: Si hay varios transportistas, cada uno tendrá su propio ejemplar.
¿Qué son las reservas en el CMR y quién puede establecerlas?
Las reservas son manifestaciones escritas en el CMR expresando disconformidad con la mercancía recibida. Tanto el transportista como el consignatario pueden formular reservas.
Reservas del transportista:
- El transportista puede hacer reservas al recibir la mercancía si observa irregularidades como menos bultos o embalaje en mal estado.
- Al formular reservas, el transportista se exime de responsabilidad por posibles daños o faltas en el destino.
Reservas del consignatario:
- El consignatario puede anotar reservas al recibir la mercancía si observa faltas o daños en el embalaje.
¿Cuáles son los principales derechos y obligaciones del transportista internacional, según el Convenio CMR?
El transportista tiene derechos y obligaciones según el Convenio CMR.
Derechos y Obligaciones del Transportista:
- Revisión: Revisar el número de bultos y el embalaje.
- Instrucciones: Seguir las instrucciones del cargador.
- Cobro: Proceder al cobro de la mercancía (contra reembolso), si procede.
- Responsabilidad: Responder por pérdidas y daños.
- Documentación: Hacer buen uso de la documentación recibida y entregarla al destinatario.
- Contra Reembolso: No entregar la mercancía sin recibir el pago.
- Limitaciones de responsabilidad: Responde por pérdidas, daños o retrasos con limitaciones cualitativas y cuantitativas.
¿Cuáles son las limitaciones cualitativas en la responsabilidad del transportista internacional por carretera ante pérdidas y daños durante el transporte o ante retrasos en la entrega, según el Convenio CMR?
El transportista no siempre es responsable de todos los daños, pérdidas o retrasos que ocurran durante el transporte.
Limitaciones Cualitativas de la Responsabilidad:
- Dolo o Culpa: El transportista solo responde si ha actuado con dolo o culpa.
- Exoneración de responsabilidad: No responde por fuerza mayor, fenómenos naturales, casos fortuitos, vicios de la mercancía o embalaje defectuoso por parte del cargador.
- Carga de la prueba: El transportista debe probar que no es responsable.
- Presunción de responsabilidad: Se presume la responsabilidad del transportista, salvo que pruebe lo contrario.
- Seguro de transporte: Dada estas limitaciones, se recomienda contratar un seguro de transporte internacional.
¿Cuáles son las limitaciones cuantitativas en la responsabilidad del transportista internacional por carretera ante pérdidas y daños en las mercancías durante el transporte, o ante retrasos en la entrega, según el Convenio CMR?
Si el transportista es culpable de la pérdida, daño o retraso, su responsabilidad tiene un límite cuantitativo.
Limitaciones Cuantitativas de la Responsabilidad:
- Límite de Indemnización: Responde hasta 8,33 DEG por kilo bruto de mercancía o el precio del transporte.
- Derechos Especiales de Giro (DEG): La equivalencia de los DEG se actualiza diariamente por el Fondo Monetario Internacional.
- Actuación Dolosa: Si el transportista actúa con dolo, no hay limitaciones en su responsabilidad. Debe responder por el valor total de la mercancía o el perjuicio derivado del retraso.
¿Qué son los derechos especiales de giro (DEGS) y cuál es su relación con el Convenio CMR?
Los Derechos Especiales de Giro (DEG) son una divisa referencial emitida por el FMI para determinar el importe máximo de indemnización en caso de pérdida o daño. No es una divisa para pagos directos.
Características de los DEG:
- Divisa Referencial: Emitida por el FMI para determinar el máximo de indemnización.
- No es Medio de Pago: No se usa para transacciones nacionales o internacionales.
- Origen: Inicialmente se crearon para referenciar los préstamos del FMI a países en desarrollo.
- https://www.imf.org/es/About/Factsheets/Sheets/2023/special-drawing-rights-sdr
¿Cuándo puede hablarse de retrasos o demoras en la entrega, según el Convenio CMR?
Se considera que hay retraso si la entrega se produce 30 días después de la fecha pactada, o 60 días si no se estableció plazo. Se aconseja indicar el plazo en el CMR.
¿Cuándo puede considerarse perdida una mercancía, según el Convenio CMR?
Una mercancía se considera perdida si han pasado 30 días desde el plazo de entrega convenido, o 60 días desde que la mercancía se puso a disposición del transportista en origen. No es necesario probar la pérdida, solo el transcurso del tiempo.
¿Qué es el certificado de recepción?
El certificado de recepción es un justificante de que el cargador ha entregado la mercancía en los almacenes del transportista o su corresponsal para su transporte internacional. Es provisional y pierde validez cuando el cargador recibe su ejemplar del CMR. Es común en cargas fraccionadas, donde el transportista agrupa mercancías de varios cargadores.
¿Qué plazo tiene el consignatario de la mercancía (receptor) para reclamar al transportista internacional en caso de pérdidas parciales (faltas) y daños (averías) en la mercancía recibida según el Convenio CMR?
El consignatario tiene plazos específicos para reclamar al transportista.
Plazos de Reclamación del Consignatario:
- Daños Aparentes: En el mismo momento de la recepción.
- Daños No Aparentes: 7 días hábiles desde la recepción.
- Forma de Reclamación: Debe ser por escrito, ya sea con reservas en el CMR o con un escrito posterior.
¿Dónde pueden interponerse las acciones judiciales contra el transportista internacional en caso de pérdidas, daños y retrasos en el transporte, según el Convenio CMR?
Las acciones judiciales contra el transportista se pueden interponer en varios lugares.
Lugares para Acciones Judiciales:
- País del cargador.
- País del transportista.
- País del consignatario.
- País del intermediario (transitario).
- Instituciones arbitrales: Es posible someter el conflicto a arbitraje, siempre que las partes acuerden la institución y se comprometan a cumplir el resultado.
¿Cuándo prescriben las acciones judiciales que puede interponer el destinatario de la mercancía contra el transportista internacional, por pérdida total, daños en la mercancía transportada y por retrasos en la entrega según el CMR?
Los plazos de prescripción para acciones judiciales son específicos.
Plazos de Prescripción:
- General: 1 año.
- Actuación dolosa: 3 años.
- Inicio del Cómputo:
- Pérdida parcial, daños y retraso: Desde la entrega de la mercancía al destinatario.
- Pérdida total: 30 días después del plazo de entrega convenido o 60 días tras la puesta a disposición de la mercancía al transportista (si no hay plazo).
¿Cuáles son los derechos y obligaciones básicas del cargador según el Convenio CMR?
El cargador tiene derechos y obligaciones específicas según el Convenio CMR.
Derechos y obligaciones del cargador:
- Verificación: Tiene derecho a exigir al transportista que verifique el contenido de los paquetes al cargar.
- Documentación: Debe entregar al transportista todos los documentos necesarios para los trámites administrativos y aduaneros, así como información relevante.
- Responsabilidad: Es responsable de los gastos y perjuicios si declara información falsa en el CMR, carga incorrectamente o embala mal la mercancía.
- Disposición de la mercancía: Puede disponer de la mercancía hasta que el transportista entregue el CMR al destinatario, pudiendo incluso detener el transporte y cambiar el destino o destinatario.
¿Cuáles son los derechos y obligaciones básicas del consignatario de la mercancía, según el Convenio CMR?
El consignatario también tiene derechos y obligaciones.
Derechos y Obligaciones del Consignatario:
- Entrega: El transportista debe entregar la mercancía y el CMR al destinatario.
- Reservas: El destinatario puede formular reservas en el CMR o en un escrito posterior si hay faltas, daños o retrasos.
- Reclamación judicial: Puede reclamar judicialmente al transportista si no atiende a su reclamación inicial.
- Responsabilidad: El destinatario responderá por daños al vehículo del transportista si estos se derivan de las operaciones de descarga.
¿Qué transportista responde por pérdidas y daños en la mercancía y retrasos en la entrega, cuando en el transporte internacional intervienen varios transportistas sucesivos, según el CMR?
En transportes con varios transportistas, la responsabilidad es solidaria.
Responsabilidad en transportes sucesivos:
- Reclamaciones: Se puede reclamar al primer o último transportista o al que realizó la parte del transporte donde se produjo el siniestro.
- Responsabilidad solidaria: Se puede reclamar la totalidad de la indemnización a varios transportistas.
¿Cómo se rellena un CMR?
Si la mercancía se transporta en más de un vehículo, o se trata de varias mercancías diferentes, el transportista tiene derecho a exigir tantas cartas de porte como vehículos utilice, permitiéndose una sola carta de porte CMR si la carga se ha realizado en régimen de carga completa, un solo camión.
Casilla 1. Expedidor. Se debe hacer constar los datos de identificación del expedidor de la mercancía, que coincidirá o no, con el vendedor de esta.
Casilla 2. Destinatario. Se debe hacer constar los datos de identificación del destinatario de la mercancía, que coincidirá o no, con el comprador.
Casilla 3. Lugar de entrega de la mercancía.
Casilla 4. Lugar y fecha de carga de la mercancía.
Casilla 5. Documentos anexos. Casilla reservada para listar los documentos que se envían con la mercancía.
Casilla 6.-Marcas y número. Marcas e identificación de los bultos transportados
Casilla 7.- Nº de bultos. Se debe considerar al pallet como una unidad, aunque este sea cargado con 100.-cajas, por ejemplo.
Casilla 8.- Clase de embalaje. Caja, bidones, pallets, etc.
Casilla 9.- Naturaleza de la mercancía. Descripción detallada de la mercancía transportada.
Casilla 10.-Nº Estadística. Partida estadística de la mercancía. Para transporte intracomunitario no es necesario. Código arancelario de al menos 6 dígitos.
Casilla 11.- Peso bruto Kg. El peso de la mercancía, incluido los embalajes.
Casilla 12.- Volumen m3. Volumen en metros cúbicos.
Casilla 13.- Instrucciones del remitente. Casilla reservada para indicar ciertas instrucciones al transportista, siendo la más común “entrega de documentos contra pago de la mercancía, pagaré de importe, etc.
Casilla 14.- Forma de pago. En función del incoterm establecido el precio del transporte lo deberá abonar el vendedor, porte pagado, o el comprador, porte debido.
Casilla 15.- Reembolso. Si la entrega de la mercancía está condicionada al pago en metálico de una cantidad.
Casilla 16.- Porteador. Datos identificativos del primer porteador-transportista, de la mercancía.
Casilla 17.- Porteadores sucesivos. Si hubiese más de de un porteador-transportista, estos deberán constar con sus datos identificativos.
Casilla 18.- Reservas y observaciones del porteador-transportista. Si en el momento de la carga y estiba en el vehículo, observara algún daño aparente en la mercancía, éste deberá hacerlo constar en esta casilla, a efectos de limitar su responsabilidad por cualquier daño.
Casilla 19.- Estipulaciones particulares. Hace referencia a estipulaciones particulares sobre el transporte de la mercancía, lo que puede limitar, por ejemplo, la velocidad para no dañarla.
Casilla 20.- A pagar. Hace constar el precio del transporte y los gastos de manipulación. No es una casilla que habitualmente se cumplimente, a no ser que las condiciones del Crédito Documentario así lo establezcan.
Casilla 21.- Formalizado en. Lugar donde se formaliza la carta de porte CMR
Casilla 22.- Firma y sello del remitente. Estos datos deben ser cumplimentados una vez se ha realizado la carga al vehículo
Casilla 23.- Firma y sello del transportista.
Casilla 24.- Firma y sello del consignatario. Hace referencia a la identificación del destinatario de la mercancía, siendo la prueba documental de la salida efectiva del territorio fiscal, a efectos de la exención del IVA en las ventas exteriores.
Régimen aduanero TIR
Y si hay aduanas durante el transporte internacional, ¿Qué hacemos?
Se aborda el régimen aduanero TIR que simplifica las formalidades aduaneras en el transporte internacional por carretera.
El régimen TIR permite el transporte internacional de mercancías por carretera sin manipulación intermedia de carga, simplificando los trámites aduaneros. Las cajas de los vehículos se precintan en la aduana de salida y se abren en la de llegada.
Puntos clave del Régimen TIR:
- Simplificación aduanera: Reduce las formalidades aduaneras.
- Precintado: Las cajas de los vehículos se precintan en origen y se desprecintan en destino.
- Control Documental: En las aduanas de paso, el control se limita a revisar el Cuaderno TIR y añadir precintos si es necesario.
- Requisitos:
- Camión habilitado: La mercancía debe ir en un camión especialmente habilitado y precintado.
- Aduanas TIR: El transporte debe ser entre aduanas especiales. Aduanas (TIR).
- Asociaciones: Debe estar respaldado por asociaciones participantes en el convenio.
- Cuaderno TIR: La mercancía debe ir acompañada del cuaderno TIR.
¿Qué condiciones se exigen a los transportistas españoles para poder efectuar transporte internacional en régimen aduanero TIR?
Los transportistas españoles deben cumplir ciertos requisitos para operar bajo el régimen TIR.
Requisitos para Transportistas Españoles:
- Asociación a ASTIC: Deben estar asociados a ASTIC (Asociación Española de Transportistas Internacionales por Carretera).
- Gestión del Cuaderno TIR: Deben gestionar los cuadernos TIR emitidos por ASTIC.
- Certificado de Agreement TIR: Los vehículos deben tener el Certificado de Agreement TIR.
¿Qué es un Cuaderno TIR?
El Cuaderno TIR es un documento emitido por ASTIC que contiene la relación de mercancías transportadas en régimen TIR. Acompaña a la mercancía y se diligencia en las aduanas de salida, tránsito y llegada.
- https://www.iru.org/what-we-do/facilitating-trade-and-transit/tir
- El Cuaderno TIR sellado por las aduanas acredita la correcta realización del transporte.
¿Qué es ASTIC?
ASTIC es la Agrupación Sindical para el Transporte Internacional de Mercancías por Carretera. Representa a la IRU en España y agrupa a transportistas españoles.
Funciones de ASTIC:
- Asesoramiento y formación: Aconseja y forma a sus asociados.
- Defensa de intereses: Defiende los intereses de sus asociados ante instituciones públicas.
- Garantía: Avala la correcta ejecución de los transportes TIR y de Tránsito Comunitario.
- Expedición de Cuadernos TIR: Emite los Cuadernos TIR.
- http://www.iru.org/
- http://www.astic.net/
¿En qué consiste el denominado Certificado de Agreement TIR?
El Certificado de Agreement TIR es un certificado expedido por la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales (DGAeIIEE) que acredita que un vehículo es apto para el transporte internacional en régimen TIR.
Características del certificado:
- Aprobación de vehículos: Certifica que un vehículo es apto para transporte TIR.
- Revisión técnica: Se obtiene tras una revisión que verifica la capacidad de precintado y la ausencia de dobles fondos.
- Validez: Tiene una validez de dos años.
- Identificación: Los vehículos aptos deben llevar placas con la inscripción TIR.
¿Es de aplicación el régimen TIR en los transportes internacionales contratados en los países de la Unión Europea?
Sí, el régimen TIR se aplica en la UE para el Tránsito Comunitario, aunque no suele aplicarse en los envíos entre los países de la UE y los de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC: Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein) o Andorra.
Convenio TIR. Uso del cuaderno
El convenio exige:
- Que la mercancía vaya en un camión especialmente habilitado y dotado de precinto.
- Que el transporte se desarrolle entre aduanas especiales. Aduanas TIR.
- Que el transporte este respaldado por las Asociaciones participes en el Convenio.
- Que la mercancía viaje acompañada de un cuaderno TIR, cuyas normas de uso son las siguientes:
- Disposiciones generales.
- Expedición: El cuaderno TIR se expedirá en el país de salida o en el país en el que este establecido o domiciliado el titular.
- Idioma: El cuaderno TIR estará impreso en francés, con excepción de la página 1 de la cubierta cuyas rúbricas estarán también impresas en inglés; las normas para la utilización del cuaderno TIR se reproducen también en inglés en la página 3 de dicha cubierta. Podrán además agregarse al cuaderno hojas suplementarias con la traducción del texto impreso a otros idiomas.
- Validez: El cuaderno TIR será válido hasta la terminación de la operación TIR en la aduana de destino, siempre que haya sido aceptado en la aduana de salida dentro del plazo fijado por la asociación expedidora.
- Número de Cuadernos: No se establecerá mas que un cuaderno TIR para un conjunto de vehículos, vehículos acoplados, o para varios contenedores cargados sobre un solo vehículo, o un conjunto de vehículos ( véase también el apartado d) del párrafo 10)
- Número de aduanas de salida y de destino: Los transportes efectuados al amparo de un cuaderno TIR Podrán tener varias aduanas de salida y de destino, pero salvo autorización:
- las aduanas de salida deberán estar situadas en el mismo país;
- las aduanas de destino no Podrán estar situadas en más de dos países;
- el número total de aduanas de salida y de destino no podrá exceder de cuatro (véase también el apartado e) del párrafo 10.
- Número de hojas: Si el transporte se efectúa por una sola aduana de salida y una sola aduana de destino, el cuaderno TIR deberá tener por lo menos dos hojas para el país de salida, tres hojas para el país de de destino y dos hojas para cada país restante cuyo territorio se atraviese. Por cada aduana de salida o destino suplementario se necesitarán otras dos, o en su caso tres hojas; si las aduanas de destino están situadas en dos países distintos, habrá que agregar además otras dos hojas.
- Presentación en las aduanas: El cuaderno TIR será presentado, juntamente con el vehículo de transporte por carretera, el conjunto de vehículos, el contenedor o los contenedores, en cada una de las aduanas de salida, de tránsito y de destino. En la última aduana de salida, el funcionario competente firmará y pondrá sello de la aduana con la fecha del día al pie del manifiesto de todos los talones que hayan de utilizarse para la continuación del transporte.
Manera de llenar el cuaderno TIR.
8-Raspaduras y enmiendas: En el cuaderno TIR no podrán hacerse raspaduras ni enmiendas. Toda rectificación deberá efectuarse tachando las indicaciones erróneas y agregando, en su caso, las que procedan. Toda modificación deberá ser aprobada por su autor y refrendada por las autoridades aduaneras.
- Indicación relativa a la matricula: Cuando las disposiciones nacionales no prevean la matrícula de los remolques y semirremolques, se indicará, en lugar del número de matrícula, el número de identificación o de fabricación.
- Manifiesto:
- a) El manifiesto se llenará en el idioma del país de salida, a menos que las autoridades aduaneras autoricen el uso de otro idioma. Las autoridades aduaneras de los demás países cuyo territorio se atraviese se reservan el derecho de exigir una traducción en su idioma. A fin de evitar las demoras a que puede dar lugar esa exigencia, se aconseja al transportista que se provea de las traducciones necesarias
- b) Las indicaciones que figuren en el manifiesto deberán estar escritas a máquina o en multicopista de manera que sean claramente legibles en todas las hojas. Las hojas ilegibles serán rechazadas por las autoridades aduaneras.
- c) Cuando no haya espacio suficiente para consignar en el manifiesto todas las mercancías transportadas, podrán añadirse a los talones hojas anexas, del mismo modelo que el manifiesto o documentos comerciales en los que figuren todas las indicaciones del manifiesto.
En este caso, en todos los talones deberán figurar las indicaciones siguientes:
- i) número de las hojas anexas (rúbrica 10)
- ii) número y naturaleza de los bultos u objetos, así como peso bruto total de las mercancías enumeradas en esas hojas anexas (rúbricas 11 a13).
- d) Cuando el cuaderno TIR se refiera a un conjunto de vehículos o a varios contenedores, se indicará separadamente en el manifiesto el contenido de cada vehículo o contenedor. Esa indicación deberá ir precedida del número de matrícula del vehículo o del número de identificación del contenedor (rúbrica 11 del manifiesto).-
- e) Del mismo modo, si hubiere varias aduanas de salida o de destino, las anotaciones relativas a las mercancías que cada aduana haya aceptado o tenido destinadas estarán claramente separadas unas de otras en el manifiesto.
- Listas de embalajes, fotografías, dibujos, etc. Cuando, para la identificación de las mercancías pesadas o voluminosas, las autoridades aduaneras exijan que acompañen al cuaderno TIR documentos de esa naturaleza, dichos documentos serán visados por las autoridades aduaneras y fijados a la página 2 de la cubierta del cuaderno. Además, se hará mención a esos documentos en la rúbrica 10 de todos los talones.
- Firma: Todos los talones (Rúbricas 16 y 1 7) estarán fechados y firmados por el titular del cuaderno TIR o por su representante.
- Incidentes o Accidentes
- En el caso de que, fortuitamente, en el curso del trayecto se rompa un precinto aduanero o se echen a perder o resulten dañadas mercancías, el transportista se dirigirá inmediatamente a las autoridades aduaneras que haya en las cercanías o, en su defecto, a otras autoridades competentes del país en que se encuentre. Dichas autoridades extenderán en el plazo más breve posible el acta de comprobación que figura en el cuaderno TIR.
- En caso de accidente que requiera el transbordo a otro vehículo o a otro contenedor, ese transbordo no podrá efectuarse más que en presencia de una de las autoridades a que se refiere el párrafo 3. Tal autoridad extenderá el acta correspondiente. A menos que el cuaderno ostente la mención mercancías pesadas o voluminosas, el vehículo o contenedor sustitutivo deberá estar aprobado para el transporte de mercancías bajo precinto aduanero.
Además, será precintado y el precinto utilizado se describirá en el acta de comprobación.
No obstante, en caso de no disponerse de ningún vehículo o contenedor aprobado, el transbordo podrá efectuarse a un vehículo o contenedor no aprobado, siempre que ofrezca garantías suficientes. En este último caso, las autoridades aduaneras de los países siguientes apreciaran si también ellas pueden permitir la continuación en ese vehículo o contenedor del transporte efectuado al amparo del cuaderno TIR.
- En caso de peligro inminente que exija la descarga inmediata, parcial o total, el transportista podrá adoptar por su propia iniciativa las medidas oportunas sin solicitar ni esperar la intervención de las autoridades a que se refiere el párrafo 13. Tendrá entonces que demostrar que ha tenido que actuar así para proteger el vehículo o contenedor o su cargamento, y tan pronto como haya adoptado las medidas preventivas de primera urgencia, advertirá a una de las autoridades a que se hace referencia en el párrafo 13 para que comprueben los hechos, verifiquen la carga, precinten el vehículo o contenedor y extiendan el acta de comprobación.
- El acta de comprobación permanecerá unida al cuaderno TIR hasta la aduana de destino.
- Se recomienda a las asociaciones que faciliten a los transportistas, además del modelo inserto en el propio cuaderno TIR, cierto número de formularios del acta de comprobación redactados en el idioma o los idiomas de los países que se hayan de atravesar.
El seguro de transporte por carretera. Manual práctico.
Como no soy un experto en seguros, pero aprendo y leo de los que saben, te recomiendo te leas el siguiente documento.
El seguro de transporte. Manual práctico.
Escrito por Francisco SÁNCHEZ-GAMBORINO, de la editorial Fundación Corell.
Todos los derechos a su autor.
Lo que voy a hacer aquí es comentar los aspectos prácticos a la hora de importar, exportar, su relación con los medios de transporte que hemos visto, los Incoterms, etc., así como añadir enlaces a reglamentos, leyes etc. a los que hace mención su autor.
Normativa transporte por carretera
El contrato de seguro es distinto e independiente del contrato de transporte, y también diferente en los derechos, obligaciones y responsabilidades que establece; aunque ambos contratos puedan referirse a una misma operación de transporte.
Así, p. ej. el contrato de seguro puede y suele contener otros conceptos (prima, suma asegurada, beneficiario distinto del asegurado, franquicia), y otras reglas (peritación de la mercancía averiada, plazos de prescripción de reclamaciones, jurisdicción competente), etc., diferentes respecto al contrato de transporte.
También es diferente al de transporte el contrato de compraventa -cuyos acuerdos, por ejemplo, los llamados INCOTERMS (CIF, FOB y muchos otros), no vinculan per se al transportista (es decir, salvo en aquello el transportista y su cliente de mutuo acuerdo decidan integrar en el contrato de transporte p. ej. quién paga los portes), igual que son diferentes otros contratos próximos, como el de arrendamiento de vehículos, etc.
Las reglas del uno no son aplicables al otro, por ninguno de los contratantes, aunque una misma persona pueda ser parte en los dos.
La Jurisprudencia española ha establecido claramente esta separación entre el contrato de transporte y el contrato de seguro según las siguientes Sentencias del Tribunal Supremo, por ejemplo:
https://vlex.es/vid/1-i-as-193104
Marco legal del contrato de seguro.
- a) En España, el contrato de seguro terrestre se regula fundamentalmente por la Ley número 50/1980 de 8 Octubre (BOE 17 Octubre) -en adelante, sólo “LCS”, para abreviar-.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-22501
Derogatoria de los arts. 432 a 437 del Código de Comercio, que constituían su anterior normativa.
No existe un Convenio internacional regulador del contrato de seguro, al modo de p. ej. el Convenio CMR sobre transporte de mercancías por carretera, o las equivalentes para otros modos de transporte.
Se aplica siempre la legislación nacional.
El seguro en LOTT, ROTT, LCT y condiciones generales de transporte.
Cobertura bajo la fórmula “Condiciones L.O.T.T.”, incluyendo el pago de costas y gastos judiciales o extrajudiciales inherentes al siniestro, que
el asegurador abonará en la misma proporción existente entre la indemnización que deba y el importe total de responsabilidad del asegurado en el siniestro.
Hoy esta responsabilidad está prevista por la Ley 15/2009 de 11 Noviembre, que sustituye la regulación de la LOTT en esta materia,
art. 57.1 fija en 1/3 del IPREM/día por cada kilo bruto de mercancía perdida o dañada.
La indemnización por los perjuicios derivados de retraso tiene como límite cuantitativo una cantidad equivalente al precio del propio transporte.
En caso de concurrencia de indemnizaciones por varios de estos conceptos, el importe total a satisfacer por el porteador no superará la suma debida
en caso de pérdida total de las mercancías (art. 57.3).
Estos límites dejarían de aplicarse si hubiera una declaración de valor de la mercancía o una declaración de interés especial en su entrega (art. 61), hechas por el cargador al transportista (muy infrecuentes) ni en caso de dolo o culpa equiparable por parte del transportista (art. 62).
Garantía L.O.T.T. Plus, consistente en que los límites de responsabilidad no son los antes recogidos en LOTT y ROTT sino “los convenidos entre la Compañía de seguros y el tomador y/o asegurado.
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